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Fecha de publicacion: 2020-11-19
Aprueban seguro médico e indemnización a bomberos
Media sanción tuvo ayer el proyecto de ley de seguro médico a los bomberos voluntarios amarillos, azules y rojos, y una indemnización para los afectados en plena tarea. Los diputados aprobaron que los fondos provengan de una prima obligatoria que será incluida en pólizas que paguen los ciudadanos.

Los diputados consensuaron aprobar la propuesta de la Comisión Defensa Nacional que modifica la ley Nº 1431/99 “Que regula la organización de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios del Paraguay”. Ahora pasa al Senado para su tratamiento.

En dicho documento se concede un seguro médico a los bomberos de las distintas entidades, en caso de accidentes o enfermedades contraídas durante la prestación del servicio.

“Queda garantizada la protección de la salud e integridad física de los Bomberos Voluntarios de todo el país, que sufriesen accidentes, contrajesen enfermedades o perdiesen la vida en actos de servicio conforme el régimen establecido en la Ley Nº 5804/17 que establece el Sistema Nacional de Prevención de Riesgos Laborales”, expresa el proyecto.

También garantiza la atención médica integral gratuita e internaciones hospitalarias y quirúrgicas, hasta su total restablecimiento en el Hospital del Quemado, el Hospital del Trauma, y centros asistenciales públicos o privados. Quedó excluido el Instituto de Previsión Social (IPS) porque su carta orgánica prohibe atender a quienes no sean asegurados.

La cobertura médica cubrirá hospitalización, intervenciones quirúrgicas, provisión de aparatos ortopédicos o prótesis de cualquier naturaleza, tales como bastones, sillas de ruedas, anteojos, etc, además de insumos hospitalarios y medicamentos. “El centro asistencial o sanatorio médico privado más cercano al lugar del accidente prestará asistencia médica obligatoria en los casos de emergencia, al bombero accidentado o enfermo”, expresa.

También se establece el pago de indemnizaciones por incapacidad temporal, permanente y el fallecimiento del bombero como consecuencia de su trabajo para la comunidad.
Los fondos para costear dichas coberturas médicas e indemnizaciones saldrían de los seguros contra incendios y para ello se creará un Fondo para Aseguradora de Régimen de Trabajo (ART) de Bomberos Voluntarios al cual se hará una contribución obligatoria de 0,26% de las primas de seguros contra incendio, de automotores y moto-vehículos, a cargo de los titulares de las pólizas.
 



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