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Fecha de publicacion: 2024-11-13 08:15:33
Senado debate el proyecto de ley de servicio civil: los puntos claves
En la sesión ordinaria de hoy, la Cámara Alta tratará el proyecto de la función pública y la carrera del servicio civil, que busca regular el ingreso, la permanencia y determinar la competencia del empleado público. Está excluido parcialmente el Legislativo y totalmente el Poder Judicial.

A las 9:00 de la mañana está convocada la sesión de la Cámara de Senadores, que, en el punto cinco del orden del día con moción de preferencia solicitada por Juan Carlos Nano Galaverna, tiene al proyecto de Ley “De la Función Pública y la Carrera del Servicio Civil”.

En su artículo 6°, de cargos de conducción política, contempla exclusiones de los funcionarios públicos que ocupen los siguientes cargos a:

a) Senadores y diputados, gobernadores y miembros de las juntas departamentales, intendentes y miembros de las juntas municipales y demás personas que ejercen cargos de elección popular.

b) Presidente de la República.

c) Vicepresidente de la República.

d) Ministros del Poder Ejecutivo.

e) Secretarios ejecutivos de la Presidencia de la República.

f) Presidente y miembros del directorio de la Banca Central del Estado.

g) Presidente y miembros del directorio de las entidades financieras oficiales.

h) Embajadores y cónsules.

i) Procurador General de la República.

j) Ministros de la Corte Suprema de Justicia.

k) Fiscal General del Estado.

l) Defensor General.

m) Síndico General.

n) Ministros del Tribunal Superior de Justicia Electoral.

o) Defensor del Pueblo y el Defensor del Pueblo adjunto.

p) Contralor General y el Subcontralor General de la República.

q) Presidentes, directores nacionales o equivalentes, y miembros de directorios o consejos de las entidades descentralizadas.

También quedan excluidos los miembros del Tribunal de Cuentas, miembros de los tribunales de apelación, jueces de primera instancia, jueces de paz; miembros de los tribunales y jueces electorales; miembros del Consejo de la Magistratura; los agentes síndicos; los fiscales adjuntos y agentes fiscales; los defensores adjuntos y defensores públicos; y los policías y militares en actividad.

Mario Varela, senador colorado, justificó la exclusión del Legislativo y la calificó de parcial. El artículo 3 de la Constitución Nacional, recordó, estipula un equilibrio de poderes con recíproco control y, la autonomía en la decisión del Poder Legislativo es importante, pues, si existe una concentración total y absoluta del Ejecutivo, esto pondría en peligro esa autonomía.

Sin embargo, un artículo de la ley de servicio civil, que se mantiene, atribuye al Poder Ejecutivo la potestad de marcar los delineamientos en materia de salarios. Esto no se verá afectado, razón por la cual se habla de una exclusión parcial.

“Nosotros como Legislativo tendríamos autonomía de poder de determinar qué tipo de asesoría o perfiles de los cargos, pero la política de remuneración va a tener siempre el Ministerio de Economía y Finanzas”, comentó Varela, en una entrevista con el canal Gen-Nación Media.

Varela detalló que entre el Poder Judicial y el Legislativo representan un 3 % de todo el presupuesto público, donde, el Legislativo abarca el 0,52 % y el Judicial un 2,6 %.

 

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